Por Ricardo J. Delpiano
De acuerdo al proceso legislativo, la Cámara de Diputados aprobó ayer martes el proyecto de ley que regula los derechos de pasajeros y que el pasado mes de julio ya había aprobada por el Senado. El proyecto de ley, que fue presentado por el senador socialista Pedro Muñoz, busca reforzar los derechos de los pasajeros de líneas aéreas ante retrasos, cancelaciones, estableciendo que el operador (la línea aérea) debe informar y explicar en forma clara y precisa las condiciones y limitaciones a que están sujetos los pasajeros al adquirir un pasaje aéreo.
Foto: Ricardo J. Delpiano |
Según el texto aprobado, el proyecto de ley establecerá un régimen de compensación e indemnización en casos de negación de embarque por sobreventa; retraso y cancelación de vuelos, además de una serie de prestaciones obligatoria que deba dar la línea. De igual manera los servicios prestados en caso de negación de embarque deberán comenzar por la posibilidad de ubicar o y embarcar al pasajero afectado en el próximo vuelo, brindándole la asistencia adecuada en términos de comunicaciones, servicios de alimentación y transporte desde y hacia el aeropuerto e incluso alojamiento, si es que el caso lo amerita.
El texto, que en su versión original incluía todos los casos de retrasos, cancelaciones o reprogramaciones, dejó fuera que las indemnizaciones no tendrán vigencia en casos Este conjunto de prestaciones no operará en casos probados de fuerza mayor, como puede ser situaciones meteorológicas adversas o cualquier otra que atentase contra la seguridad del vuelo, uno de los aspectos que más preocupaba a los operadores y a la Autoridad Aeronáutica.
Durante la discusión del texto, la Dirección General de Aeronáutica Civil, había mostrado su preocupación por considerar que se establecía exigencias que podrían ir en contra de la seguridad de las operaciones aéreas, ya que los transportistas podrían realizar los vuelos bajo condiciones adversas o no operar una determinada ruta, aspecto que podría influir negativamente en la conectividad del país, especialmente en aquellas zonas más remotas. Además por su condición y la menor capacidad de generar ingresos, los operadores aéreos más pequeños serían los más afectados pues se verían en cierta manera obligados a operar bajo cualquier condición con tal de asegurar la mayor cantidad de ingresos, afectando la normalidad del sistema.
El texto, que en su versión original incluía todos los casos de retrasos, cancelaciones o reprogramaciones, dejó fuera que las indemnizaciones no tendrán vigencia en casos Este conjunto de prestaciones no operará en casos probados de fuerza mayor, como puede ser situaciones meteorológicas adversas o cualquier otra que atentase contra la seguridad del vuelo, uno de los aspectos que más preocupaba a los operadores y a la Autoridad Aeronáutica.
Durante la discusión del texto, la Dirección General de Aeronáutica Civil, había mostrado su preocupación por considerar que se establecía exigencias que podrían ir en contra de la seguridad de las operaciones aéreas, ya que los transportistas podrían realizar los vuelos bajo condiciones adversas o no operar una determinada ruta, aspecto que podría influir negativamente en la conectividad del país, especialmente en aquellas zonas más remotas. Además por su condición y la menor capacidad de generar ingresos, los operadores aéreos más pequeños serían los más afectados pues se verían en cierta manera obligados a operar bajo cualquier condición con tal de asegurar la mayor cantidad de ingresos, afectando la normalidad del sistema.
Finalmente el proyecto contempla la posibilidad de que se cree un registro de retrasos y situaciones contingentes ante la Dirección General de Aeronáutica Civil, el cual serviría para estudiar situaciones particulares que pudiesen derivar en un conflicto judicial. En la actualidad los viajeros sólo pueden dejar el registro de sus reclamos ante la Junta Aeronáutica Civil.
Con la aprobación en la Cámara de Diputados sólo resta la firma del Presidente de la República para que sea publicado en calidad de Ley en el Diario Oficial.
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